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FechaTítuloResumen
9-jun-2020Guillarmenc (Causa n°27255)Una mujer se encontraba detenida con prisión preventiva en el Complejo Penitenciario N° 13 de Santa Rosa, La Pampa. La imputada tenía dos hijas de 8 y 12 años que estaban el cuidado de su madre. En el mes de diciembre de 2019 la cuidadora de las niñas tuvo un accidente de tránsito que le provocó problemas en su salud y dificultades para ejercer las tareas de cuidado. Por ese motivo la imputada solicitó de forma in pauperis que se le concediera el arresto domiciliario. Su defensa fundó el pedido y consideró, entre otras cuestiones, el interés superior de las niñas. A su turno, la fiscalía dictaminó de forma negativa al planteo.
12-dic-2019Leyes Migueles (causa Nº 14462)Una mujer fue condenada por el delito de transporte de estupefacientes a la pena de cuatro años y dos meses de prisión y se encontraba detenida en un calabozo del Escuadrón Nº 10 de la Gendarmería Nacional. El espacio tenía capacidad para albergar a dos personas y alojaba a cinco. La mujer dormía en el piso, no recibía visitas y el único contacto familiar que mantenía era vía telefónica con su hijo de once años. El niño se encontraba al exclusivo cuidado de su abuela materna, quien trabajaba de manera informal en un geriátrico. La defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria a su asistida. El representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable. En su presentación la defensa planteó que debía ponderarse de manera primordial el interés superior del niño y garantizar el derecho de la madre de cuidar y mantener contacto directo con su hijo.
8-jun-2018CMC (Causa Nº 73834)Una mujer que se encontraba detenida en un Complejo Penitenciario solicitó, in pauperis, que se dispusiera su detención domiciliaria a fin de cuidar a su hija de 15 años. Esto, dado que no contaba con familiares que pudieran desempeñar esa tarea y que el padre de la niña también se encontraba privado de su libertad. El defensor fundó la petición y solicitó la confección de informes socio-económicos y socio-ambientales. De esos informes se desprendía que, efectivamente, la mujer no tenía familiares de confianza y que sus cuidados hubiesen evitado determinados episodios de violencia física y verbal sufridos por la niña de parte de quien ejercía su guarda y de otros miembros de su familia. El Tribunal Oral rechazó el pedido por considerar que la niña podía continuar a cargo de una guardadora. Contra ese pronunciamiento, la defensa interpuso un recurso de casación. Durante el trámite del recurso, la persona que estaba a cargo de la niña abandonó el domicilio, su padre recuperó la libertad y se hizo cargo de ella. Dicha circunstancia generó una especial preocupación de la madre debido a la falta de cuidado de la niña. Ante esta nueva situación, la defensa sostuvo que no subsistía el motivo por el cual el tribunal denegó el arresto domiciliario.